"Dime y lo olvido, enséñame y lo recuerdo, involúcrame y lo aprendo"

domingo, 11 de diciembre de 2011

Estructura de la Legislación educativa.

    Las leyes educativas regulan y remodelan el modelo educativo que hay. Éste bebe directamente del momento histórico en el que se encuentra, por lo que está estrechamente ligado a los cambios sociales y políticos acontecidos en una época.


    Mientras la sociedad evoluciona, va haciendo demanda de cómo hay que educar al alumnado para que este logre desenvolverse en la sociedad sin problema alguno. Por lo tanto, a medida que cambia la sociedad, el modelo educativo va cambiando.


    Cualquier ley está dividida en varios artículos. En este caso, la ley educativa vigente en el periodo actual es la Ley Orgánica de educación de 2006 (LOE). Esta ley por tanto, se desarrolla a través de una serie de artículos que se refieren a cada etapa educativa: Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria obligatoria y postobligatoria. La ley regula la educación desde los 3 a los 17 años de edad. Pero evidentemente esto es demasiado general, por lo que para concretar más y tratar puntos más específicos, es necesaria una normativa.


    Toda esta normativa es de obligado cumplimiento (carácter prescriptivo). Dentro de esta normativa, de mayor a menor rango nos encontramos los Reales Decretos, de rango superior y firmados por el Rey; los Decretos, referentes a las Comunidades Autónomas y firmados por los consejeros o el/la presidente/a; las Órdenes Ministeriales, firmadas por el ministro de Educación o el consejero de Educación de la Junta de Comunidades, en este caso de Castilla la Mancha; y por último nos encontramos las Orientaciones, para orientar a los centros.


    Ahora vamos a hacer un breve repaso por la estructura de esta ley y toda la normativa que se vincula a ésta:


LOE (Ley Orgánica de Educación)


    El título preliminar comienza con un capítulo dedicado a los principios y fines de la educación. En este mismo capítulo se establece la estructura de las enseñanzas, recuperando la Educación Infantil como etapa única. También se regula la Educación Básica que de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, tiene carácter obligatorio y gratuito para todos los niños y jóvenes de ambos sexos y cuya duración se establece en diez cursos, comprendiendo la Educación Primaria y la Educación Secundaria Obligatoria.


    Le pertenece al Gobierno la fijación de los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación de los aspectos básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas, y a las Administraciones Educativas el establecimiento del currículo de las distintas enseñanzas.


    En el Título I se establece la ordenación de las enseñanzas y sus etapas.


    Concebida como una etapa única, la Educación Infantil está organizada en dos ciclos que responden ambos a una intencionalidad educativa, no necesariamente escolar, y que obliga a los centros a contar desde el primer ciclo con una propuesta pedagógica específica.


    En la Etapa de Primaria, la que nos atañe a nosotros, como puntos importantes encontramos:


- Diversidad del alumnado y prevención de las dificultades de aprendizaje.


- Realización de una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por el alumnado al finalizar el segundo ciclo de esa etapa.


- Informe personalizado de la evolución del alumnado al finalizar la etapa de Primaria para favorecer la transición a la Educación Secundaria.


    Después de esta breve reseña, se habla sobre las necesidades educativas especiales en la etapa de primaria, sobre el protagonismo que se da al profesorado, sobre la tipología de los centros docentes, sobre la organización, el gobierno, el funcionamiento y la evaluación de los centros educativos…


El esquema de los apartados de esta ley es el siguiente:


Título preliminar


Capítulo I: Principios y fines de la educación.
Capítulo II: La organización de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida.
Capítulo III: Currículo
Capítulo IV: Cooperación entre Administraciones educativas.


Título I: Las enseñanzas y su ordenación


Capítulo I: Educación infantil.
Capítulo II: Educación Primaria.
Capítulo III: Educación Secundaria Obligatoria.
Capítulo IV: Bachillerato.
Capítulo V: Formación Profesional.
Capítulo VI: Enseñanzas Artísticas.
Capítulo VII: Enseñanzas de Idiomas.
Capítulo VIII: Enseñanzas Deportivas.
Capítulo IX: Educación de personas adultas.


Título II: Equidad en la Educación.


Capítulo I: Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
Capítulo II: Compensación de las desigualdades en educación.
Capítulo III: Escolarización en centros públicos y privados concertados.
Capítulo IV: Premios, concursos y reconocimientos.


Título III: Profesorado


Capítulo I: Funciones del profesorado.
Capítulo II: Profesorado de las distintas enseñanzas.
Capítulo III: Formación del profesorado.
Capítulo IV: Reconocimiento, apoyo y valoración del profesorado.


Título IV: Centros docentes.


Capítulo I: Principios generales
Capítulo II: Centros públicos.
Capítulo III: Centros Privados.
Capítulo IV: Centros Privados Concertados.


Título V: Participación, autonomía y gobierno de los centros.


Capítulo I: Participación en el funcionamiento y gobierno de los centros.
Capítulo II: Autonomía de los centros.
Capítulo III: Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos.
Capítulo IV: Dirección de los centros públicos.


Título VI: Evaluación del sistema educativo.


Título VII: Inspección del sistema educativo.


Capítulo I: Alta Inspección.
Capítulo II: Inspección educativa.


Título VIII: Recursos económicos.


Disposiciones adicionales.


Real Decreto 1513

    Regula el currículo de Educación Primaria para todo el territorio nacional. En el se establecen las enseñanzas mínimas para Educación Primaria.


    De este Real Decreto deriva el Decreto que cada comunidad autónoma elabora en base a sus peculiaridades, en el caso de Castilla la Mancha, el Decreto 68/2007. Cada comunidad autónoma revisa y reorganiza el Real Decreto desde sus características.




Decreto 68/2007 
   Estructura:


Capítulo I: Principios generales, fines y objetivos generales.
Capítulo II: Currículo, competencias básicas, estructura, horario, respuesta a la diversidad del alumnado, evaluación, promoción, Evaluación de diagnóstico y desarrollo del plan de lectura.
Anexo I: Competencias básicas al término de la Educación Primaria.
Anexo II: Áreas de Educación Primaria.
Anexo III: Orientaciones para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje.


    Por debajo de esta normativa estarían, como ya se ha señalado anteriormente, las Órdenes ministeriales, como la Orden de Evaluación de Primaria, que atienden sólo a un elemento del currículo; y las orientaciones, como las expuestas como anexo en el currículo 68/2007.



Bibliografía:
  • Este artículo se ha realizado con la información recogida en clase.
  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación.
  • Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria.
  • Decreto 68/2007, de 29 de Mayo, por el que se establece y ordena el currículo de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha.

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